Reconocida en el artículo 20 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y artículo 22 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como en otros tratados internacionales.
En G&J JARDINES S.A.C. apoyamos al derecho de toda persona a formar o unirse libremente a una organización o grupo para actuar, expresar, promover, ejercer, defender de manera colectiva fines de interés común, y la capacidad para llevarlos adelante a través de los medios y las acciones que sus miembros consideren idóneos.
- OBJETIVO:
Establecer los lineamientos que aseguren el respeto, promoción y garantía del derecho a la libertad de asociación, sindicalización y negociación colectiva de todos los trabajadores de G&J JARDINES S.A.C., en conformidad con la legislación peruana, los convenios internacionales y el compromiso de la empresa con los derechos humanos y laborales fundamentales.
- ALCANCE
Esta política aplica a todos los trabajadores, contratistas, subcontratistas, proveedores y terceros que desarrollen actividades o mantengan relaciones laborales y comerciales con G&J JARDINES S.A.C., en cualquiera de sus operaciones dentro del territorio nacional.
- POLITICA:
Como Política de Libertad de Asociación JARDINES, detalla:
- Asociarse y procurar fines a través de asociaciones.
- La libertad de asociación abarca tanto el derecho de toda persona a asociarse con otras, como el derecho de los grupos, asociaciones y organizaciones a procurar fines de interés común a nivel local, nacional o internacional, y a dotarse de la capacidad para llevarlos adelante de acuerdo con las condiciones, los medios y las actividades que sus miembros consideren más acordes con los mismos
- Las asociaciones deben tener la libertad de seleccionar a sus miembros o aspirantes
- No más de dos personas debe ser el requisito para establecer una asociación.
- Sus miembros deben gozar de plena autonomía para determinar y modificar sus estatutos, estructura, actividades, miembros y formas de gobierno, sin intromisiones ni injerencias injustificadas en sus asuntos internos. Las asociaciones también tienen derecho a la intimidad y la privacidad.
- La empresa en ningún momento actuará en contra de los colaboradores que deseen participar de una asociación u organización.
- Los miembros no serán discriminados y tendrán acceso a desarrollar sus funciones representativas en el lugar de trabajo.